Calculadora de interés moratorio
El interés moratorio es el que se paga por el atraso: corre sobre la cantidad vencida desde el día siguiente al vencimiento hasta el día en que se paga. Si el contrato no fija una tasa, la ley pone una: 9% anual en una deuda civil (Código Civil Federal, arts. 2117 y 2395) y 6% anual en una mercantil (Código de Comercio, art. 362).
La calculadora usa interés simple, sin intereses sobre intereses, porque así lo marca la ley. Con la vista inicial, $10,000 con 3% mensual durante 30 días dan $295.89 sobre un año de 365 días, o $300.00 sobre uno de 360.
Cómo se calcula el interés moratorio
La fórmula es: cantidad vencida × tasa anual × días de atraso ÷ días del año. Si su contrato da una tasa mensual, multiplíquela por 12 para tener la anual. Los días se cuentan desde el día siguiente al vencimiento hasta el día del pago, incluido.
Tres ejemplos hechos a mano:
| Caso | Cálculo | Interés moratorio |
|---|---|---|
| Deuda civil sin tasa pactada: $10,000, 30 días | 10,000 × 9% × 30 ÷ 365 | $73.97 |
| Contrato con 3% mensual: $10,000, 45 días, año de 360 | 10,000 × 36% × 45 ÷ 360 | $450.00 |
| Pagaré mercantil sin tasa: $5,000, del 15/01/2026 al 01/03/2026 | 5,000 × 6% × 45 ÷ 365 | $36.99 |
En el tercer caso los días son 16 de enero, 28 de febrero y 1 de marzo: 45 en total. En el segundo caso, el IVA máximo de 16% suma $72.00 más.
Interés moratorio legal en México
Cuando el contrato no dice nada, cada ley tiene su regla:
| Tipo de deuda | Interés moratorio si no se pactó | Fuente |
|---|---|---|
| Civil (por ejemplo, un préstamo entre particulares) | Hasta el interés legal: 9% anual | Código Civil Federal, arts. 2117 y 2395 |
| Mercantil | 6% anual | Código de Comercio, art. 362 |
| Pagaré | La tasa moratoria del pagaré; si no hay, la tasa ordinaria del documento; si tampoco, la legal | LGTOC, art. 174 |
el Código Civil Federal rige solo asuntos federales. Una deuda civil entre particulares se rige por el código civil de su estado, que puede fijar otro interés legal. Revise el de su estado; nosotros no los verificamos uno por uno.
¿Hay una tasa máxima de interés moratorio?
Ninguna ley federal fija un tope general a los intereses de un préstamo. Las partes pueden pactar la tasa que quieran, con un límite: la usura. Un juez puede reducir un interés desproporcionado hasta el legal (Código Civil Federal, art. 2395), y la Suprema Corte ordena reducir de oficio una tasa notoriamente usuraria, también en pagarés (jurisprudencias 1a./J. 46/2014 y 47/2014).
Para decidir si una tasa es usuraria, el juez mira el tipo de relación entre las partes, el monto y el plazo, las garantías y las tasas bancarias de operaciones parecidas.
El CAT más alto publicado para operaciones similares es una referencia válida (1a./J. 57/2016). La reducción alcanza también a los intereses ya pagados (contradicción de tesis 170/2021), pero ya no se revisa si el juicio caducó (1a./J. 64/2024).
Sin intereses sobre intereses
- En una deuda civil, pactar por adelantado que los intereses se sumen al capital y generen más intereses es nulo (Código Civil Federal, art. 2397).
- En una deuda mercantil, los intereses vencidos no generan intereses, salvo que las partes los capitalicen después (Código de Comercio, art. 363).
- Un pago parcial en una deuda mercantil se aplica primero a los intereses (Código de Comercio, art. 364).
Interés ordinario e interés moratorio
El interés ordinario es el precio del préstamo mientras usted lo usa en el plazo pactado. El moratorio es el castigo por pagar tarde y solo corre sobre lo vencido. Un crédito puede tener los dos: el contrato debe decir cada tasa por separado. Para comparar el costo de un crédito antes de firmarlo, la cifra útil es el CAT.
IVA sobre el interés moratorio
La tasa del IVA es 16% (Ley del IVA, art. 1). Los intereses que cobran los bancos y otras entidades financieras autorizadas están exentos, salvo en créditos a personas físicas sin actividad empresarial y en tarjetas de crédito (art. 15, fracción X, inciso b). En esos casos se paga IVA, y el valor incluye los intereses moratorios (art. 18).
Para los créditos de instituciones del sistema financiero, el IVA se calcula sobre el interés real, es decir, el interés menos la inflación del periodo (art. 18-A). Por eso el IVA que muestra la calculadora, 16% del interés completo, es un máximo: el cargo real del banco puede ser menor.
Si le cobran moratorios que no reconoce
Si el cobro viene de un banco o una financiera, pida primero el desglose por escrito a su Unidad Especializada, que debe responder en un máximo de 30 días hábiles (Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, art. 50 Bis).
Si no queda conforme, presente una queja ante la CONDUSEF dentro de los dos años siguientes (art. 65). La queja interrumpe la prescripción de sus acciones (art. 66).
Si ya está atrasado con un préstamo en línea, lea qué pasa si no paga un préstamo en línea. Si va a prestar a un familiar, fije la tasa moratoria desde el principio con nuestro contrato de préstamo de dinero.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el interés moratorio?▾
Es el interés que se paga por pagar tarde. Corre sobre la cantidad vencida, desde el día siguiente al vencimiento hasta el pago.
¿Cuál es el interés moratorio legal en México?▾
Si no se pactó, 9% anual en deudas civiles según el Código Civil Federal y 6% anual en deudas mercantiles según el Código de Comercio. Una deuda civil entre particulares sigue el código de su estado.
¿Cuál es el interés moratorio en un pagaré?▾
El que diga el pagaré. Si no fija tasa moratoria, se cobra la tasa ordinaria escrita en el documento, y si tampoco la hay, la tasa legal (LGTOC, art. 174).
¿Se puede cobrar interés moratorio sobre intereses?▾
No en general. En deudas civiles, pactarlo por adelantado es nulo; en mercantiles, los intereses vencidos no generan intereses salvo que se capitalicen después.
¿El interés moratorio lleva IVA?▾
En créditos de bancos y financieras a personas físicas sin actividad empresarial, sí, con tasa de 16%. Las instituciones del sistema financiero lo calculan sobre el interés real, por lo que puede ser menor que 16% del interés cobrado.
Fuentes
- Código Civil Federal, última reforma DOF 14-11-2025 (arts. 1, 2117, 2395, 2396, 2397), Cámara de Diputados, copia del Internet Archive del 04-10-2026.
- Código de Comercio, última reforma DOF 14-11-2025 (arts. 362, 363, 364), copia del 28-09-2026.
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, última reforma DOF 26-03-2024 (art. 174), copia del 28-05-2026.
- Ley del Impuesto al Valor Agregado, última reforma DOF 12-11-2021 (arts. 1, 15, 18 y 18-A), Cámara de Diputados, copia del Internet Archive del 04-10-2026, leída el 05-10-2026.
- Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, última reforma DOF 14-11-2025 (arts. 50 Bis, 65, 66), copia del 16-07-2026.
- SCJN: jurisprudencias 1a./J. 46/2014, 47/2014, 57/2016 y 64/2024, y contradicción de tesis 170/2021 (comunicado 350/2021), consultadas el 05-10-2026.